Avanza Proyecto de Ley de Turner y Ruiz para Requerir Ayudantes en Autobuses Escolares

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TRENTON – Una legislación presentada  por la Vicepresidenta del Comité de Educación del Senado, Shirley K. Turner y la Presidenta M. Teresa Ruiz, para requerir un mínimo de un ayudante de autobús escolar por cada 15 estudiantes con necesidades especiales,  avanzó en el Comité de Transportación del Senado.

“Este proyecto de ley atiende mi preocupación con estudiantes que a menudo son los más vulnerables en nuestros autobuses escolares. Tener un ayudante a bordo evitaría que sean víctimas del comportamiento abusivo que puedan tener otros estudiantes, y también los protege en casos de emergencia”, dijo la Senadora Turner (D-Hunterdon / Mercer). “A los conductores de autobuses no se les puede requerir ​​que presten atención a las carreteras, y  al mismo tiempo, que se hagan cargo de nuestros niños. Estos niños merecen atención cuidadosa de ayudantes profesionales adiestrados y cada protección que podamos ofrecerles”.

“Como algunos de los más vulnerables en nuestra sociedad, debemos asegurarnos de que los niños con necesidades especiales están recibiendo el debido cuidado mientras viajan hacia y desde la escuela”, dijo la Senadora Ruiz (D-Essex). “Requerir esta proporción de estudiantes ayudará a mantenerlos seguros y los protegerá de cualquier daño potencial”.

Según el proyecto de ley, un consejo de educación o un proveedor de servicios bajo contrato, debe asegurarse de que un autobús escolar tenga a bordo al menos un ayudante de autobús por cada 15 estudiantes con necesidades especiales. El proyecto de ley, S-859, requiere que se mantenga esta proporción de ayuda a estudiantes en todo momento, cuando un autobús escolar está transportando a estudiantes con necesidades especiales ó  una combinación de estudiantes con necesidades especiales y estudiantes de educación general.

A los fines de esta ley, un ‘estudiante con necesidades especiales’es un estudiante que se clasifica como elegible para programas y servicios de educación especial, pero no incluye a un estudiante que se clasifica como elegible para programas y servicios de educación especial únicamente sobre la base de una ‘discapacidad específica de aprendizaje’, según está definido el término en la ‘Ley federal de educación para personas con discapacidades’.

Una vez promulgada la ley, la medida entraría en vigor inmediatamente y sería aplicada al primer año escolar completo, posterior a la fecha de su promulgación.

El proyecto de ley fue aprobado con votación de 5-0.

 

 

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