Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19

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WASHINGTON— A principios de abril, la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) comenzará a brindar asistencia económica para cubrir gastos fúnebres incurridos después del 20 de enero de 2020 a consecuencia de fallecimientos relacionados al coronavirus (COVID-19) para brindar algún alivio en la presión y carga económica que esta pandemia ha causado. La redacción de la política culminó y ahora FEMA comenzará a implementar el programa de asistencia por gastos fúnebres rápidamente a nivel de toda la nación.

“En FEMA, nuestra misión es ayudar a las personas antes, durante y después de los desastres”, dijo el administrador interino de FEMA Bob Fenton. “La pandemia de COVID-19 ha causado un inmenso desconsuelo para tantas personas. A pesar de que no podemos cambiar lo que ha sucedido, afirmamos nuestro compromiso en ayudar con los gastos fúnebres y de sepelio que muchas familias no anticipaban”.

Conforme a la Ley de Asignaciones Complementarias de Respuesta y Ayuda por Coronavirus de 2021 y la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021, FEMA proporcionará asistencia económica para los gastos fúnebres relacionados con COVID-19 incurridos después del 20 de enero de 2020.

Estamos trabajando con grupos de partes interesadas para obtener su opinión sobre cuáles son las mejores formas de proporcionar esta asistencia, y para obtener su ayuda brindando servicios comunitarios a las familias y comunidades. FEMA comenzará a implementar la asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 en abril.

Se está finalizando orientación adicional y se darán a conocer lo antes posible a los posibles solicitantes y colaboradores comunitarios. Mientras tanto, se recomienda a las personas que tienen gastos fúnebres por COVID-19 a conservar y recopilar la documentación.

¿Quién es elegible?

Para ser elegible a la asistencia para gastos fúnebres, usted debe cumplir con estas condiciones:

  • La muerte debe haber ocurrido en los Estados Unidos, incluyendo los territorios estadounidenses y el Distrito de Columbia.
  • El certificado de defunción debe indicar que la muerte se atribuyó a COVID-19.
  • El solicitante debe ser un ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado que incurrió en gastos fúnebres después del 20 de enero de 2020.
  • No existe un requisito que estipule que la persona fallecida deba haber sido un ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado.

  Documentos de gastos fúnebres (recibos, contrato de la funeraria, etc.) que incluyan el nombre del solicitante, el nombre de la persona fallecida, el monto de los gastos fúnebres y las fechas en que se incurrieron los gastos fúnebres.

Evidencia de fondos recibidos de otras fuentes para usarse específicamente en gastos fúnebres. No podemos duplicar beneficios recibidos del seguro de sepelio o funeral, o la asistencia económica recibida de agencias voluntarias, agencias gubernamentales u otras fuentes.

Si sted es elegible para la asistencia de gastos fúnebres, recibirá un cheque por correo postal, o fondos mediante depósito directo, dependiendo de la opción que elija cuando solicite la asistencia

Para más información sobre esta asistencia, visite Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 | FEMA.gov.

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