El Senado aprueba legislación de Vitale y Sweeney para enfrentar la crisis de adicción en Nueva Jersey

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La legislación emerge del discurso sobre el estado del gobernador; aborda cobertura de seguro, límites para prescripciones y educación continua para profesionales de salud

La legislación patrocinada por el presidente del comité de Salud del Senado, Joseph F. Vitale, y el presidente del Senado, Steve Sweeney, que tiene como objetivo abordar la crisis de adicción en Nueva Jersey fue aprobada ayer por el pleno del Senado.

El proyecto de ley S-3 es el mas reciente de muchos proyectos de ley liderados por el senador Vitale en su lucha contra la epidemia de la adicción del opio y la heroína en Nueva Jersey el cual aborda temas que incluyen cobertura de seguro para tratamiento de pacientes hospitalizados y ambulatorios con trastorno de consumo de sustancias, medicamentos para dolores agudos, y la educación continua para los profesionales que recetan los medicamentos y los profesionales de salud.

«Eliminando las barreras para recibir tratamiento mediante la ampliación de la cobertura de los seguros y enfocándonos en los esfuerzos probados para la prevención podemos continuar promoviendo una solución integra en la lucha contra la enfermedad de la adicción en Nueva Jersey», dijo el senador Vitale (D-Middlesex). «Abordar el abuso y la desviación de los analgésicos recetados mediante la creación de pautas para la emisión de tales recetas es un paso crítico en la prevención. Garantizar que nuestros profesionales de la salud utilicen las mejores prácticas probadas salvará vidas».

«El tratamiento y la prevención son importantes puntos mientras luchamos contra la principal crisis de la salud pública en Nueva Jersey», dijo el senador Sweeney. «Proveer tratamiento para la adicción, limitar el uso excesivo de los medicamentos recetados que contienen opio y prevenir a los jóvenes y otras personas a empezar con el uso de drogas ilícitas puede reducir el número de vidas que estamos perdiendo por la adicción. Demasiadas familias han sufrido y demasiadas comunidades han sido lastimadas”.
Cobertura del seguro
El proyecto de ley requeriría que las compañías de seguros de salud, el programa estatal de beneficios de salud y el programa de beneficios de salud de los empleados de educación, cumplan ciertos requisitos de cobertura para el tratamiento de trastornos por uso de sustancias.

Específicamente, requeriría que los aseguradores proporcionen beneficios ilimitados para el tratamiento de trastornos por uso de sustancias en las instalaciones cubiertas por el seguro que sean prescritas por un médico con licencia, psicólogo o psiquiatra con licencia y proporcionados por profesionales de salud con licencia o centros certificados de recuperación o una facilidad aprobada por el Estado.

El proyecto de ley estipula que los beneficios, durante los primeros 180 días del año del plan de tratamiento hospitalario y ambulatorio de trastorno por uso de sustancias, se proporcionen cuando el médico, psicólogo o psiquiatra de la persona cubierta lo determine médicamente necesario sin la imposición de utilización prospectiva de ninguna autorización previa u otros requisitos de gestión.

Bajo el proyecto de ley, los proveedores de tratamiento de trastornos por uso de sustancias no requerirían el pago anticipado de gastos médicos durante los 180 días en exceso del co-pago, costos deducibles o costos adicionales aplicable bajo el contrato. Los beneficios para las visitas ambulatorias no estarían sujetos a revisión simultánea o retrospectiva de la necesidad médica o cualquier otra revisión de la administración de la utilización.

El proyecto de ley también requeriría beneficios durante los primeros 28 días de hospitalización, internación intensiva o hospitalización parcial durante cada año del plan, sin ninguna revisión retrospectiva o revisión simultánea de la necesidad médica, y la necesidad médica sería determinada por el doctor de la persona.

Los beneficios para los días 29 y años posteriores de atención hospitalaria, servicios ambulatorios intensivos o servicios de hospitalización parcial estarían sujetos a revisión simultánea. El proyecto de ley establecería un proceso para la revisión concurrente y un proceso de apelación de conformidad con el Programa de Apelaciones de Atención de Salud Independiente en el Departamento de Bancos y Seguros.

El proyecto de ley también especifica que los beneficios para el tratamiento de trastorno por uso de sustancias durante el período de hospitalización y ambulatorio después de los primeros 180 días por año del plan estarán sujetos a la determinación de la necesidad médica del asegurador y podrán estar sujetos a autorización previa o revisión retrospectiva y otro requisitos de manejo.

Según el proyecto de ley, la revisión de la necesidad médica utilizaría una herramienta de revisión clínica basada en métodos comprobados y revisada a través del reglamento del Comisionado de Servicios Humanos en consulta con el Departamento de Salud.

El proyecto de ley también requeriría que los beneficios de los medicamentos recetados ambulatorios usados para tratar el trastorno por abuso de sustancias se proporcionen cuando el médico, el psicólogo o el psiquiatra de la persona cubierta lo determinen médicamente necesario sin la imposición de ninguna autorización previa u otros requisitos de manejo.

El proyecto de ley pondría la responsabilidad en la oficina del Fiscal General para supervisar cualquier violación de la ley que pueda resultar de la legislación, incluyendo fraude, abuso, desperdicio y maltrato de personas cubiertas. El proyecto de ley también aclara que las disposiciones que requieren cobertura de seguro de salud no se aplican a los planes administrados por el Departamento de Servicios Humanos de Medicaid y NJ FamilyCare.

Límites y Pautas de Prescripción en el Tratamiento y Tratamiento del Dolor Agudo y Crónico
El proyecto de ley también impondría restricciones sobre cómo se pueden recetar las sustancias controladas de la lista II. En los casos de dolor agudo o crónico, antes de emitir una receta inicial para cualquier sustancia peligrosa controlada en la Lista II, se requeriría que un profesional tome y documente los resultados de un historial médico completo, conduzca y documente un examen físico, El acceso a la información pertinente sobre prescripción bajo el Programa de Monitoreo de Prescripción y limitar la prescripción inicial en casos de dolor agudo a un suministro de cinco días de la dosis efectiva más baja de fármaco opio de liberación inmediata. Bajo el proyecto de ley, no menos de cuatro días después de la emisión de la receta inicial, el profesional médico puede emitir una prescripción posterior previa consulta con el paciente, siempre que se considere necesario y apropiado para el tratamiento y que la prescripción posterior no presente un riesgo indebido de abuso, adicción o desviación.

El proyecto de ley también requiere discusiones claras y directas con los pacientes o con los padres o tutores de un paciente si es menor de edad sobre los riesgos asociados con las sustancias peligrosas controladas por la lista II o cualquier otro medicamento de opio recetado antes de emitir la receta inicial y en ciertas etapas durante el curso del tratamiento.

Específicamente, el médico discutiría los riesgos de la adicción y la sobredosis, la necesidad médica de la receta, los tratamientos alternativos que pudieran estar disponibles, los riesgos de desarrollar una dependencia física o psicológica de la sustancia peligrosa controlada y los peligros de tomar medicamentos de opio con alcohol u otros medicamentos, según las guías publicadas por la División de Asuntos del Consumidor. Una nota sería escrita por el doctor que receta el medicamento en el expediente médico del paciente, reconociendo que la discusión tuvo lugar.

El proyecto de ley también exigiría que en el momento de la emisión de la tercera receta médica, el médico entra en un acuerdo de cómo lidiar con el dolor del paciente, y solicite una revisión cada tres meses como mínimo para los pacientes con dolor crónico.

Los pacientes que están actualmente en tratamiento para el cáncer, recibiendo atención de hospicio de un hospicio con licencia o cuidados paliativos, o que residen en un centro de cuidados a largo plazo serian exento de las limitaciones de prescripción.
Continúa Educación Profesional
Finalmente, el proyecto de ley requerirá que los profesionales de salud que tienen la autoridad para recetar medicamentos de opio, incluyendo médicos, asistentes médicos, dentistas y optometristas, reciban capacitación sobre temas relacionados con los medicamentos recetados de opios.

Los profesionales de salud deberán completar un crédito de educación continua en temas que incluyan prácticas responsables de recetas alternativas al opio para manejar y tratar el dolor y los riesgos y signos de abuso, adicción y desviación de los opios. Las seis horas de contacto requeridas de formación profesional continua en farmacología relacionada con sustancias controladas para enfermeras avanzadas, que también tienen autoridad de recetar, incluirán la misma preocupación referente a los medicamentos de opio recetados.

Bajo el proyecto de ley, los que no tienen autoridad de recetar, pero que a menudo interactúan con los pacientes quienes son recetados medicamentos con opio, incluso los farmacéuticos, enfermeras profesionales y enfermeras también se les requerirá completar un crédito de educación continua sobre temas que incluyen alternativas al opio tales como su manejo y como tratar el dolor y los riesgos y signos de abuso, adicción o desviación de los fármacos.

Los créditos de educación continua requeridos bajo la legislación serían parte de los créditos de educación continua de un profesional y no aumentarían el número total de créditos de educación continua que es requerido.

El proyecto de ley también estipula que las asistentes profesionales de parto certificadas deberán completar un crédito de programas educativos o temas relacionados con los medicamentos de opio recetados como parte de las 30 horas de entrenamiento de farmacología que se requiere para que se les autorice a recetar medicamentos.

«Un esfuerzo comprometido y sostenido para combatir la adicción es crítico, y este proyecto de ley nos lleva en esa dirección», agregó el senador Vitale.
EL proyecto de ley S-3 fue aprobado por el pleno del Senado con una votación de 33-0. Ahora se dirige a la Asamblea para ser considerado.

 

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