Proyecto de ley de Greenstein que exige a empleadores públicos implementar políticas para responder a informes sobre violencia doméstica ahora es ley

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TRENTON – Legislación patrocinada por la Senadora Linda Greenstein que requiere a la Comisión de Servicio Civil desarrollar una política uniforme de violencia doméstica la cual todos los empleadores públicos deberían adoptar y distribuir a sus empleados fue firmada como ley esta semana por el gobernador.

«Muchas veces no conocemos el dolor y el sufrimiento de las personas con las que trabajamos a diario», dijo la Senadora Greenstein (D-Mercer-Middlesex). «Esta ley proporcionará los recursos y la asistencia que los sobrevivientes necesitan en un momento crítico de sus vidas. En veces el lugar de trabajo es a menudo el único lugar seguro que una persona tiene y tener recursos disponibles para ellos es sumamente importante. Esta ley ayudará a más sobrevivientes a buscar la ayuda que necesitan”.

La nueva ley, S-2907, requeriría que la Comisión de Servicio Civil asegure la implementación de las normas con el personal de recursos humanos, personal policial, fiscales, trabajadores sociales y otras personas capacitadas en consejería, intervención de crisis o personal que trata con víctimas de violencia doméstica y revisar periódicamente la política nacional uniforme y modificarla según sea necesario.

Según la ley, la política uniforme de violencia doméstica debería incluir a) una declaración que aliente a los empleados que son víctimas de violencia doméstica a ponerse en contacto con el personal de recursos humanos y solicitar asistencia; b) un método confidencial para que los empleados denuncien incidentes de violencia doméstica al personal de recursos humanos; c) una política de confidencialidad a la que se exigiría que se adhieran al personal de recursos humanos que reciban informes de violencia doméstica, a menos que un incidente de violencia doméstica represente un peligro emergente para los empleados y se requiera la participación de la policía; d) una lista de los recursos estatales y locales disponibles, los servicios de apoyo, las opciones de tratamiento, los servicios legales y de defensa, los servicios médicos y de asesoramiento, y los servicios de asistencia policial para víctimas de violencia doméstica; e) un requisito de que los registros de un empleado relacionados con un incidente de violencia doméstica o consejería de violencia doméstica se mantengan separados de los otros registros de personal del empleado; f) una explicación de los requisitos de la «Ley de Empoderamiento Financiero y de Seguridad de Nueva Jersey»; y g) un requisito para que el empleador público desarrolle un plan para identificar, responder y corregir los problemas de desempeño de los empleados que puedan ser causados ​​por un incidente de violencia doméstica.

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